Con el fin de fortalecer la seguridad ciudadana y prevenir hechos de violencia, el Ministerio de Interior y Policía emitió la Resolución MIP-RR-0004-2025, que prohíbe el porte de armas de fuego en lugares de expendio de bebidas alcohólicas, sin importar la categoría de licencia.
Entre estos lugares están incluidos: Bares, discotecas, colmadones, restaurantes con áreas de bar o entretenimiento, casinos, Eventos masivos con expendio de alcohol y otros lugares de naturaleza similar.
La medida incluye las siguientes sanciones:
El arma será incautada de inmediato y la persona puesta a disposición del Ministerio Público.
• Establecimientos que permitan el ingreso de personas armadas podrán ser cerrados temporalmente por hasta 15 días y enfrentar una solicitud de cierre definitivo ante la jurisdicción competente.
• Esta medida aplica a todas las personas, incluso con licencias oficiales, a excepción de miembros activos de los organismos de seguridad del Estado que estén en funciones y debidamente identificados.
La Policía Nacional será responsable de dar cumplimiento estricto a la presente resolución, mediante la ejecución de operativos de inspección, vigilancia y control en los centros de expendio de bebidas alcohólicas.
A continuación la Resolución MIP-RR-0004-2025 de forma íntegra:
Resolución_MIP-RR-0004-2025-_Prohibición_armas_de_fuego_en_centros_de_bebidas_0001.pdf
Dirección de Comunicaciones Interior y Policia